martes, 6 de octubre de 2009

Perú y Japón suscriben un convenio para impulsar la práctica del yudo

AGENCIA DE NOTICIAS ORBITA

Lima - Perú, (ORBITA).- El canciller José Antonio García Belaunde y el embajador de Japón, Shuichiro Megata, se unen para reforzar la práctica profesional del judo en el país mediante un convenio por 445 mil dólares, suscrito para el mejoramiento de equipos utilizados en este deporte de origen nipón.

Durante el acto de suscripción, el diplomático japonés destacó que el convenio coincide con la celebración del 110 aniversario de la inmigración nipona a tierras peruanas para trabajar básicamente en actividades agrícolas.

Resaltó, en tal sentido, el incremento del reforzamiento del intercambio cultural y la simbiosis de dos pueblos que florecieron en el último siglo, al punto que esa colaboración se extiende ahora al reforzamiento de la práctica del yudo

Megata sostuvo que el judo, un deporte típico del Japón que conjuga la fuerza y habilidad física, es una forma de disciplina y filosofía para quienes lo practican y lo asumen como “un camino a la flexibilidad”, tal como su nombre en japonés lo define.


Expresó, en tal sentido, sus mejores deseos para que este convenio permita reforzar la práctica del judo, a través del Instituto Peruano del Deporte, y así pueda el equipo nacional obtener lauros en futuros certámenes deportivos.

El canciller peruano, por su parte, agradeció la cooperación japonesa en el campo de los deportes, y destacó que ello se suma a otros acuerdos en materia de energía, pesca artesanal, dotación de agua potable, saneamiento, entre otros.

Para el jefe de la diplomacia peruana, el convenio para la práctica del yudo es una muestra más de la relación fluida y la cooperación intensa entre el Estado peruano y la nación japonesa.


La Directora Nacional de Deporte Afiliado, Daysi Zereceda, informó que con esta donación se beneficiarán los departamentos de Ancash (Chimbote), Tacna, Arequipa, Puno y Piura. Asimismo, expresó que el Instituto Peruano del Deporte, se hará cargo del traslado, el desembarque y el despacho aduanero de la donación.


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